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Estatutos
Capítulo I
Denominación, objetivos,
domicilio, duración y nacionalidad
Artículo 1. La ACADEMIA MEXICANA DE Pediatría es una
asociación legalmente constituida el 6 de junio de 1951, cuya
denominación se usará siempre seguida de las palabras "asociación
Civil", o de la abreviatura "A.C."
Artículo 2. El objetivo general de la ACADEMIA es pugnar por el
óptimo ejercicio de la pediatría en México, e impulsar su progreso en
todos los órdenes.
Sus objetivos específicos son:
a) Promover la superación profesional de sus asociados.
b) Emitir normas y establecer criterios en todos los asuntos
relacionados con la salud de la niñez mexicana.
c) Promover el comportamiento ético del médico en la práctica
pediátrica.
d) Ofrecer asesoría técnica especializada a instituciones públicas y
privadas.
e) Estimular la investigación científica y humanística en pediatría y en
disciplinas afines.
f) Intervenir en la formación y capacitación en pediatría del personal
de salud en general.
g) Fomentar y realizar actividades de asistencia social de servicio en
favor de la niñez mexicana.
h) Estrechar los lazos de unión entre pediatras y otros profesionales
interesados en la salud y el bienestar de los niños.
i) Ejecutar actos de dominio y celebrar los contratos necesarios para el
cumplimiento de los fines enunciados, incluyendo la adquisición de los
bienes muebles e inmuebles que se requieran.
Artículo 3. La ACADEMIA MEXICANA DE Pediatría, asociación Civil, tiene
su domicilio en México, Distrito Federal, sin perjuicio de establecer
oficinas o dependencias en cualquiera otra parte del país.
Artículo 4. La duración de la ACADEMIA será indefinida.
Artículo 5. La ACADEMIA es netamente mexicana. Todo extranjero que en
el acto de su constitución o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un
interés o participación social en la asociación, se considerará por este
hecho como mexicano, y se entenderá que conviene en no invocar la
protección de su gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su
convenio, de perder dicho interés o participación en beneficio de la
Nación Mexicana.
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